AHSL-Expedientes Criminales-1808-1BIS - Tiburcio Toledo y Lucía Fredes

AHSL, Serie Tribunales de Justicia - Expedientes Criminales., Año 1808, Expediente Nº 1 BIS.
Tiburcio Toledo y Lucía Fredes - Exhorto
Contenido:
Exhorto fechado el 27/12/1808, de D. Ramón Esteban Ramos, Alcalde Ordinario de 1º Voto de la ciudad de San Luis y su Jurisdicción a D. Feliciano Alvarado, Juez Pedáneo del Partido de la Punilla, por haber desatendido y despreciado los justos exhortos del Alcalde Ordinario de la Villa de la Concepción sobre reclamos de su poder a Lucía Fredes y Garay, por ser de aquella jurisdicción y haber prevenido en el conocimiento de las causas, sino también por haber desobedecido a este juzgado: debía de mandar y mando se traiga a este juzgado bajo el arresto a su actual estado, entregándose a D. Faustino Toledo, comisionado de aquel partido y demás individuos que se refiere en el oficio, a dicha Lucía a donde quiera que se encuentre, para cuya ejecución, pasará el alguacil mayor de esta ciudad, quien además de lo mandado en el presente auto, tomará las de los que hallaron presentes, sobre si el negro esclavo de dicho Alvarado, en el acto de la notificación, le influyó su amo, diciendo que la había remitido y de ser cierto, le remachará una vara de grillos y lo conducirá hasta esta real cárcel para con arreglo del resultado sobre el particular de uno y otro, corregir semejantes excesos. 
A continuación, Tomás Luis Osorio refiere que, "habiendo llegado a las ocho de la noche a este Paraje del Morro, lugar de San José, en donde trabando conversación con el sotacura de dicho lugar sobre la existencia de la ejecución a que me dirigía, me informó dicho padre que en el mismo día había recibido una esquela del Alcalde de la Hermandad D. Feliciano Alvarado, en la cual solicitaba saber si tenía licencia del cura de esta ciudad para casar a D. Tiburcio Toledo con María Lucía Fredes y que le respondía que a menos que no trajese licencia del cura de la otra jurisdicción de donde eran los feligreses, que no los había de casar, con cuya noticia traté de informarme del paradero del referido juez y demás personas referidas en el oficio y se me informó en casa de D. Orencio Quiroga por D. Santiago Ximenes, que dicho juez y demás referidos, fueron por otro camino al lugar del Saladillo, en solicitud del otro sotacura Fray Miguel Lucero, para el mismo fin, adonde pasé en seguimiento de ellos y se me informó por un soldado de los que él hacía volver, que ya se habían venido todos juntos a esta ciudad, por lo que tuvo a bien dirigirse a ellos, dando cuenta de lo actuado, con la presente diligencia fechada el 29/12/1808". 
El 30/12/1808, se ordena el interrogatorio de los implicados, dando cuenta el Alguacil Mayor del arresto de D. Feliciano Alvarado en la sala capitular, y de Lucía Fredes, Tiburcio Toledo y el maestro José Aurelio Godoy, en la cárcel de la ciudad.
Declaraciones
- José A. Godoy, de 25 años más o menos, vecino de Mendoza, responde que a D. Feliciano Alvarado lo conocía de trato y comunicación y que a los demás, sólo de vista. Responde que ignora el motivo de su arresto y que había venido a la ciudad obedeciendo al alcalde Alvarado, quien le mandó que le acompañase hasta San José del Morro, de allí al Saladillo y de allí a la ciudad, sin referirle el motivo y que con él venían el referido Juez, el otro soldado que se volvió del Saladillo, Lucía Fredes y Luis Sambrano, que se quedó en el Río Quinto, que llegaron a la ciudad el día anterior, veintinueve, a eso de las 10 de la mañana, todos excepto Sambrano y que al día siguiente, a eso de las 7 de la mañana, lo solicitó el referido Tiburcio Toledo y lo llevó a casa del Notario Eclesiástico donde ya estaba Alvarado y Lucía Fredes, para que ejerciese de testigo sobre la soltería de dicho Toledo, diciendo que a Toledo y a Fredes los conocía de mucho tiempo y que eran solteros y que para esto, no precedió juramento ni otra formalidad por escrito ni verbal y que satisfaciendo cuatro pesos y medio de esta información, se retiraron de allí. Declaró además que por lo que toca a Toledo, le consta que es de aquella jurisdicción (Río Cuarto) y en lo que respecta a ella, en estos días ha oído decir que nació en esta jurisdicción pero que también sabe que se ha criado en la casa de dicho Toledo y que le consta que uno de los hermanos de Tiburcio, se opone al referido casamiento, que ha oído decir que se corrieron las proclamas y se siguió información por el cura de Río Cuarto. También responde que ha oído decir que a dicha Lucía la trajo del Partido de San Bernardo a casa de dicho Alvarado, el referido Luis Sambrano y que después, el juez de dicha villa, la ha pedido y reclamado. 
- Feliciano Alvarado, de 50 años más o menos, declara que conoce a Tiburcio Toledo, Lucía Fredes y Luis Sambrano, desde hace mucho tiempo y que al maestro Godoy, de hace poco, por ser vecino de Mendoza. Respecto al motivo de su arresto, infiere que por no haber entregado a Lucía Fredes al juez de la villa y por haberla conducido a la ciudad y que el motivo de haber venido a esta, fue la de presentarse en el Juzgado, pero que no lo hizo hasta la hora presente. Declaró no haberle comunicado al maestro José Aurelio el fin de su viaje, sólo le mandó que le acompañara, que vinieron en compañía del maestro, Lucía Fredes, Luis Sambrano, el soldado Elías Domínguez y Tiburcio Toledo, que arribaron todos a la ciudad excepto de Domínguez, que se volvió al Saladillo. Que llegaron el miércoles 28/12 a eso de las diez del día y que luego pasó el Toledo a ver al señor vicario de esta ciudad a efectos de que le casase con Lucía Fredes y que, como resultado, hoy fueron a casa del notario para que sirviera de testigo sobre la soltería de Toledo y Lucía Fredes, que no procedió más formalidad que apuntar los nombres de los contrayentes y de los testigos y que no se les tomó juramento ni se realizaron más diligencias que pagar por ellos y recibir por el notario los cuatro pesos y medio de derechos. En cuanto a las diligencias, dijo que no tuvo noticias del juez y en respuesta a los motivos porque tuvo que ocultarse estando exhortado y requerido por dicho juez, dijo que se le pasó por alto. Manifestó que Toledo era de aquella jurisdicción y que Lucía Fredes había nacido en esta, pero que se había criado en la otra en casa de los Toledo y que ignora que el cura de Río Cuarto se haya opuesto a casarlos pero que le consta que su hermano D. Faustino no quiere que se case con Lucía por ser desiguales, que dicha mujer se ha aparecido en su casa y que oyó decir que el referido Luis Sambrano la había traído de lo del juez de la villa en donde la tenía depositada y que dicho Sambrano, se dejó andar por aquel vecindario hasta su casa, para traerlo a la ciudad en su compañía y que de a ratos, la levantaba en ancas de su caballo. También expresó que era cierto que el juez de la villa la reclamó y que le respondió que no la entregara por parecerle no tener suficiente delito, que el juez de dicha villa le hizo saber una orden librada a efectos de que se la entregase a la mayor brevedad pero que no cumplió con ella y que hizo alzar a dicha Lucía para traerla a esta ciudad. También afirmó que era cierto que solicitó al cura del Morro saber si tenía licencia para casar y que, a espaldas de su esquela, él contestó que no los habría de casar sin ser licenciado de la villa referida y que de allí se dirigió con toda la comitiva al Saladillo a buscar a fray Miguel Lucero para el mismo cometido, pero no lo encontró, por lo que se dirigió a la ciudad. 
- Tiburcio Toledo, de 30 años más o menos, de la jurisdicción de Río Cuarto, declara que conoce a Feliciano Alvarado, al maestro Aurelio y a Lucía Fredes y que suponía que el motivo de su arresto, es por haberlo pedido su hermano D. Faustino a fin de que no se case con Lucía Fredes y que el fin que lo ha traído a esta ciudad, era sólo el de desposarse con la referida y que, para efectuar dicho matrimonio, no traía la licencia ni las informaciones correspondientes. Afirmó que era cierto que D. Feliciano sabía muy bien que venían a casarse y que, con este fin, les traía él mismo hasta El Morro o el Saladillo, adonde encontrase a fray Miguel Lucero y que, no habiéndolo encontrado en ninguno de los dos sitios, pasaron a la ciudad. También declaró que los que vinieron con él fueron D. Feliciano, Lucía, Luis Sambrano y el maestro Aurelio, que llegaron a la ciudad el día anterior, veintinueve y que D. Feliciano dijo que fuera a ver al cura y que el cura le mandó que se dirigiese al notario para hacer la información, para lo que llevó como testigos a Alvarado y al maestro Aurelio, quienes ya venían prevenidos desde la casa del juez para servir de testigos, que no precedieron más diligencias que apuntar los nombres de cada persona y preguntar el notario a los testigos, si conocían a los contrayentes y retirándose de allí, cobrando dicho notario cuatro pesos y medio por estas diligencias. Declaró que él había nacido en Río Cuarto y que Lucía Fredes había nacido en San Luis, pero que se había criado en casa de sus padres y que después de producidas las informaciones y corridas las proclamas por su cura de Río Cuarto, este no lo quiso casar por la oposición de su hermano, D. Faustino Toledo y que ignora que haya otro impedimento, fuera del de la desigualdad que dice su referido hermano y que al venir a esta jurisdicción para casarse, no solicitó al cura de su domicilio la respectiva licencia. También declara saber que Luis Sambrano y Cándido Juárez trajeron a Lucía de San Bernardo, donde estaba puesta por el alcalde de la villa y la llevaron a la casa del referido D. Feliciano, donde permaneció hasta el presente y que ha oído decir que el juez de la villa lo exhortó a dicho Alvarado para que la entregase. 
Estas declaraciones finalizan con una nota al pie que advierte que, por así exigirlo las circunstancias, se han concluido las presentes diligencias a las diez de la noche. A continuación, el juez D. Ramón Esteban Ramos ordena remitir a Lucía Fredes al juez que la reclama y al pedáneo Feliciano Alvarado, ordena que se lo mantenga en su arresto hasta la conclusión del sumario por su desobediencia y demás atentados, dándose cuenta de todo lo obrado a la superioridad