AHSL-Expedientes Criminales-1874-14 - Rufino Barreiro y Benjamín Sastre

AHSL, Serie Tribunales de Justicia - Expedientes Criminales, Año 1874, Expediente Nº 14. 
Carátula: 
El Promotor Fiscal denunciando escándalos en el Hotel de Villa Mercedes por D. Rufino Barreiro contra D. Benjamín Sastre. 147 fol. 
Contenido:

El promotor fiscal D. Avelino Velázquez, comunica que teniendo conocimiento pleno que en la noche del 20/12/1873, en el hotel de D. Julio Setoque en Villa Mercedes, se ha producido un escándalo público ejecutado por D. Rufino Barreiro en el que han habido tiros de revólver y contusiones, que como resultado, se encuentra gravemente enfermo el Proveedor de la Frontera de San Luis D. Benjamín Sastre y dado que el Juez de esa villa no ha tomado ninguna medida enérgica para castigar con severidad a sus autores y cómplices, solicita que se ordene de forma inmediata la prisión del principal agresor y también de los demás cómplices de los hechos perpetrados.
El 24/12/1873 desde el juzgado de San Luis y de conformidad con lo solicitado por el promotor fiscal, se ordena someter a prisión al principal acusado y demás cómplices, ordenándose el traslado al lugar de los hechos, con el fin de levantar información sumaria, remitiéndose a su vez un telegrama para la seguridad de las personas acusadas. A continuación, se adjunta una carta fechada el 20/12/1873 en Villa Mercedes y remitida desde la Jefatura General de las Fuerzas de Línea de las Provincias de Santa Fe, Córdoba y San Luis, fuerzas que están al mando del que suscribe en esa frontera para garantizar las vidas, intereses y tranquilidad pública en toda la provincia. En dicho parte, dirigido al Ministro de Gobierno de San Luis D. Jacinto Videla, refiere algunos hechos producidos por individuos y comerciantes y que no sólo son estos dos “los que producen desórdenes y desmoralizaciones, sino también el socio de D. Rufino Barreiro, D. Alfonso Álvarez y un tal D. Pedro Hormeche, quienes con sus palabras sediciosas, tienen continuamente agitado el espíritu de mis subalternos, llegando este proceder criminal y corruptor, hasta a inducir a los individuos de tropas al crimen de sedición… valiéndose de la ignorancia de ellos”. También refiere que, a mediados del año 71, Barreiro con D. Alfonso Álvarez y D. Francisco Godoy, provocó con premeditación, un atentado alevoso en la persona del mayor D. Fermín Guevara, que desembocó en un desafío entre este último y Barreiro, quedando como resultado el mayor Guevara, inútil para el servicio. También relata que poco tiempo después, Barreiro provocaba un nuevo conflicto al comandante D. Patrocinio Recabarren, que ocupaba un puesto de gran importancia y trascendencia en las Líneas, al extremo de cruzar la línea de esta frontera por sus puestos avanzados a la de Córdoba, felizmente el comandante de la Fuente tuvo conocimiento de este desafío dando aviso al comandante en jefe de esta frontera (entonces el General Arredondo) y el jefe de la de Córdoba, Coronel Baigorria, pudiéndose evitar las consecuencias de un atentado semejante. Añade también que en la noche del 19 del corriente se sucede un nuevo hecho protagonizado por Barreiro y sus acompañantes, esta vez en contra del comandante D. Benjamín Sastre que resultó herido y “que ha dejado ver el espíritu de maldad y alevosía del que está animado en contra de los militares” y que habiendo tomado conocimiento de los hechos el Juez Correccional de Villa Mercedes, pidió el auxilio de sus fuerzas para ponerlo a Barreiro en prisión incomunicada, al igual que a un oficial que había tomado parte y al mismo comandante Sastre. Los detenidos fueron entregados al juez, sin embargo, alega que como en sus cuarteles no se podían tener presos de este género por no haber tropa para montar guardias, Barreiro fue puesto bajo la vigilancia de las fuerzas a su mando, trasladándolo a otro cuartel por recomendación del juez, ya que según relata, se había fugado en otras ocasiones de las prisiones de esa división, valiéndose de “su agilidad de acróbata (que ha sido su oficio), burlando la vigilancia del centinela que le custodiaba, disparándosele y saltando tapias y paredes”. Manifiesta también que, para su seguridad, ordenó que se le pusiese una vara de grillos hasta tanto el Juez ordenase levantar la incomunicación o su puesta en libertad. También añade que hace poco tiempo con Francisco Godoy, que se encontraba preso por acusación criminal y se le fugó al Juez de esta villa volviendo pocos días después a juntarse en la impunidad y que estos hechos han quedado siempre sin el merecido castigo, talvez por negligencia de los jueces, por lo que solicita medidas más enérgicas, con el fin de que desaparezcan estos perturbadores del orden. 
Prosigue la información sumaria con un escrito fechado el 20/12/1873 en Villa Mercedes, dirigido al teniente coronel D. Modesto Cabanillas y suscrito por Benjamín Pereira, desde la Comandancia de Campo, notificando que en la noche anterior, entre las diez y las once, se le hizo saber que momentos antes, había tenido lugar un desorden en la Casa Billar de D. Julio Setoque, a la que se dirigió en el acto y en donde coincidió con el Juez de Paz, que había concurrido por el mismo motivo, informándole que había tenido lugar un incidente entre el comandante D. Benjamín Sastre, el comerciante español D. Rufino Barreiro y el capitán D. Quiroga, que se habían retirado hace un momento. Expresa que dio cuenta en el acto al comandante Panelo, y que, en su compañía, acudió a casa del general D. Teófilo Ivanosky, quien ordenó el arresto inmediato del comandante Sastre y el capitán Quiroga. Informa además que el Juez de Paz, por carecer de recursos para custodiar a Barreiro que ya se hallaba preso e incomunicado, ordenó su traslado al Cuartel Nº 4, conducido por él, un cabo y dos soldados, todos con sable al hombro. Relata que, en la travesía, “el señor Barreiro me dirigió la palabra de una manera insolente diciéndome: Mayor, ¿de este modo me lleva Ud. en medio de soldados y con sable en mano? y le contesté: Señor Barreiro, va Ud. preso e incomunicado; y a estas palabras, con más insolencia, aún me replicó: Algún día le he de incomunicar yo a Ud., y contestándole yo que no era sujeto, me replicó el señor Barreiro con palabras que exponerse al decoro y decencia, no las consigno”
Asimismo se adjunta otro parte con idéntica fecha y lugar, que hace referencia a la conducta que ha observado el ciudadano D. Francisco Godoy, durante el mando accidental en esa frontera del comandante Carlos Panelo, incidiendo este en que el inmoral proceder de Godoy se hace intolerable, “por hablar insolencias de todo género contra el general Arredondo y demás jefes y oficiales, haciendo entender que la destitución de este general, ha sido por sus trabajos y que nada le cortará hacer destituir a todo el que no marche según su idea, pues para el concepto de él, no hay jefe ni oficial honrado”. Manifiesta también Panelo que por disposición superior, al proceder a la movilización de algunos Guardias Nacionales, después de marchar la división por Mendoza, “este individuo ha cometido varios atentados de conquistar saldos de las fuerzas que estaban a sus órdenes, propagando la voz de que se cometían abusos en su contra y que estaba dispuesto a trabajar para hacerle destituir, como lo había hecho con el general Arredondo, lo que le motivó a entablar una demanda en su contra, sin haber obtenido ningún resultado todavía”. 
El 26/12/1873 desde Villa Mercedes, D. Pedro Páez remite las notas precedentes incorporadas a la causa de oficio seguida por su juzgado, al Juez de 1º Instancia en lo Criminal de San Luis D. Raymundo Barroso, exponiendo que, en la noche del 19, en el café público de D. Julio Stoque y a consecuencia “del conato de asesinato que con escándalo” público promovió D. Rufino Barreiro, se dirigió al Comandante en Jefe de las Fronteras Sud de Córdoba, San Luis y Mendoza, General D. Teófilo Ivanoski, pidiéndole que se sirva poner a disposición del juzgado a los presos y arrestados en la cárcel, que según las declaraciones, parecen culpables, siendo estos: D. Rufino Barreiro (preso en el cuartel principal del Regimiento Nº 4), D. Indalecio Mejuto (por parecer cómplice hasta cierto punto), el capitán Francisco Quiroga (por haber delinquido con armas contra Barreiro) y a D. Benjamín Sastre (preso en su casa, a consecuencia del quebranto que por tal acontecimiento, ha sufrido su salud, según el informe del cirujano que acompaña). Advierte también que resulta esencial la toma de declaración del mozo del Billar N. Reoneri, soldado del Batallón Nº 3 de Línea, ya que aún no se le había tomado. Acompaña a la información sumaria, un oficio solicitado el 20/12/1873 al general Teófilo Ivanoski, para que el médico cirujano de la División, Dr. D. Francisco Munis, informe sobre las heridas y contusiones sufridas por Benjamín Sastre por parte de Barreiro y las de Barreiro, por parte del capitán Quiroga, mandato al que el galeno da cumplimiento, informando que Barreiro se encuentra en perfecto estado de salud, observándose apenas una pequeña incisión hecha con un instrumento sólido en la parte izquierda del cráneo y que a D. Benjamín Sastre lo encontró “enfermo en su cama, sufriendo las consecuencias de una inflamación en la mandíbula superior e inferior derecha, una contusión en la sien izquierda y muchas otras contusiones y golpes en la cara y el cuerpo que por sus dimensiones, carácter y forma, deja ver que el enfermo ha sido golpeado en el suelo y la inflamación de la mucosa y fiebre que se observa en el enfermo, es consecutiva a lo que dejo expuesto, sin que por esto, se note la influencia de ningún instrumento cortante”
Junto a estas diligencias, Pedro Páez acompaña la toma de declaraciones realizadas en el Juzgado Correccional de Villa Mercedes, el 20/12/1873 a las siguientes personas: 
- Rufino Barreiro, español, de 26 años, soltero, comerciante; responde que conoce la causa de su detención, pasando a relatar los siguientes hechos: que se le había presentado D. Salustiano Córdoba, con una lista de suscripción para un baile que debía darse a beneficio de los oficiales del Regimiento Nº 4 con el propósito que él se suscribiera, lo cual hizo con 10 pesos y que más tarde, D. Salustiano Córdoba se presentó ante D. Benjamín Sastre con el mismo propósito, el señor Sastre borró de la lista su nombre sin su autorización previa, hecho que el declarante tomó como una ofensa personal de un enemigo personal, por lo que habiéndolo encontrado en la noche del 19 a Sastre en el Café, pasó a mencionarle lo sucedido con el nombre borrado en la suscripción, interrumpiendo el señor Sastre y acotando que conocía los hechos, a lo que el declarante al oír la contestación, le dijo “pues bien, si la conoce, tome”, y le dio un bofetón en el pómulo izquierdo a puño cerrado y que no portaba armas en sus manos. Este golpe provocó una lucha cuerpo a cuerpo en el que el declarante manifiesta haber recibido un golpe de “martillo de látigo” por la espalda, sobre la cabeza, que según manifestaron los allí presentes, se lo asestó el capitán D. Francisco Quiroga y que después de este golpe, siguió empujando al señor Sastre a bofetones hacia una pieza contigua, para salvarse de los que le asediaban por detrás y que al llegar a esa pieza lo tiró al suelo, dándole algunas patadas en la cara, separándoles simultáneamente y que enseguida, habiendo desaparecido el señor Sastre, se puso a jugar al Billar cuando oyó un tumulto y la detonación de un tiro y que al levantar la vista, vio entre el tumulto la mano armada de Sastre con un revólver, que de forma premeditada, había empuñado para asesinarle y que los espectadores al presenciarlo, le quitaron el arma a Sastre, coincidiendo con la llegada de la Autoridad Civil que preguntó sobre lo ocurrido a todos los presentes, poniéndose el declarante a disposición de la autoridad, quien ordenó su arresto e incomunicación. También manifestó que por ambas partes hubo efusión de sangre y contusiones y lo que desconoce, es si resultaron de gravedad para el señor Sastre. Firman como testigos Gumersindo Gaviola y Vicente Tejerina. 
- Francisco Quiroga, natural de San Juan, de 30 años, casado, militar; quien responde que supone que la causa de su prisión, es por haberse encontrado presente en una reyerta que tuvo lugar en el Café de D. Julio Stoque en la noche del 19 del corriente, reyerta entre D. Benjamín Sastre y D. Rufino Barreiro, ocasionada por el señor Barreiro; que conoce a D. Benjamín Sastre por tener relación con él y que a Barreiro sólo lo conocía de vista. En cuanto a los hechos, afirma que ignora la causa que motivó la discusión y que su participación fue para impedir el desorden, lo que le resultó imposible porque se lo impidió el dueño de casa y que la única arma que tenía era un látigo, que Barreiro según le dijeron tenía un látigo y que Sastre no llevaba ninguna clase de arma, insistiendo en que la discusión fue iniciada por el señor Barreiro, que le dijo a Sastre que tenía que contarle un cuento, que sabía que en la suscripción que se estaba levantando el día anterior para un baile, que el señor Sastre contestó que ese cuento ya lo sabía y que si quería, él se lo contaría, que el señor Sastre fue a acomodar un asiento para sentarse y sin más, el señor Barreiro, al descuido del señor Sastre, le pegó un bofetón y enseguida se tomaron cuerpo a cuerpo y que una vez se separaron, el señor Juez correccional se personó en la casa con el objeto de dar cuenta de lo que sucedía y que desconoce cuál fue el resultado, por haberse retirado a su casa. Respondiendo a las preguntas del interrogatorio, declaró que los que estaban presentes cuando ocurrió el suceso, fueron D. Indalecio Mejuto que impidió que los separasen y que también estaban presentes D. Luis F. de Sinclair, D. Esteban Ortiz, D. Marcos Rufino, D. Julio Stoque, el mozo de Billar y otros ciudadanos que no conoce. Firman como testigos Gumersindo Gaviola y Saturnino R. Rodríguez. 
El 22/12/1873, el juez correccional se traslada al domicilio del otro implicado, que se encuentra enfermo, con arresto domiciliario, para tomarle declaración: 
- Benjamín Sastre, argentino, natural de la provincia de Buenos Aires, de 33 años, soltero, comerciante en la actualidad, quien afirma conocer a D. Rufino Barreiro y que en la noche de autos, como a las 8:30 h, fue acompañando al capitán D. Francisco Quiroga al Café de D. Julio Stoque y que estando reclinado en una de las hojas de la ventana se acercó Barreiro, al que saludó amigablemente, que tomó una silla para sentarse y se pusieron a conversar con total armonía y que en medio de la conversación, Barreiro le dijo que tenía que contarle un cuento, a lo que el declarante le contestó que estaba bien y al empezar el cuento, le dijo Sastre que él lo sabía mejor y que lo repetiría como había sucedido, que al decirle esto Barreiro se levantó de improviso y del modo más infame y traidor, le asestó un golpe cerca de la sien izquierda, dejándolo completamente aturdido y que aprovechando esta desventaja lo agarró por el cuerpo y le siguió dando golpes y que al recuperarse un poco, consiguió tomar un látigo que tenía de fierro con cabeza de plomo con que estaba armado Barreiro y que estuvo luchando para librarse de él, lo que no podía conseguir, porque lo tenía agarrado por del cuerpo y apretándole los brazos. También declaró que las personas que recuerda que estaban allí presentes, eran el capitán Quiroga, el capitán Sinclair, el ayudante Esteban Ortiz, el alférez Rufino del 3º Batallón de Línea, el alférez Capdevila, el dueño del Café Julio Stoque, Indalecio Mejuto y un extranjero albañil llamado José; que a excepción de Quiroga, todos los oficiales se fueron al segundo cuarto y que el único que trató de separarlos fue Quiroga, que también lo agarraron para evitar que los separara y que el resto de los presentes ayudó a Barreiro no interviniendo, dejando que le insultase. También manifiesta que una vez separados y al salir, se dirigió de inmediato a su casa y volvió corriendo al lugar donde se encontraba el “Asesino Barreiro”, tratando de asustarle con un tiro, pero que lo evitaron varias personas que vinieron por detrás –entre las que distinguió al extranjero llamado José-, que lo agarró y le dio unos golpes, que no sabe quién le quitó el revólver, que lo echaron y que al salir del café, se encontró con la puerta cerrada, entonces se le atravesó el dueño impidiéndole que saliese y llenándolo de insultos, que entonces vinieron todos los que estaban en el Café y lo estuvieron insultando, principalmente Barreiro, Mejuto y el extranjero José. Afirma también que el motivo por el que no dio parte a la autoridad antes de ir a su casa a buscar armas, fue siguiendo su instinto de conservación y vengar los ultrajes sangrientos que, a traición, se le habían inferido y que las circunstancias en las que estaba, no eran como para reflexionar y mucho más exasperado, al ver que todos se habían aliado para ultrajarlo. Añade además que entre él y Barreiro no existían resentimientos previos y que siempre se han saludo y hablado en buena armonía. Firman como testigos Gumersindo Gaviola y Saturnino R. Rodríguez. 
A continuación, comparece en el juzgado para efectuar su declaración: 
- Vicente Sallorenzo, italiano, de 34 años, casado, comerciante. En respuesta al interrogatorio afirma conocer a los dos implicados, que el día de autos se hallaba en su casa, caminando y que oyó unos gritos provenientes de Café de D. Julio Stoque, que se acercó a ver qué pasaba y se encontró con D. Benjamín Sastre y D. Rufino Barreiro en pendencia y ambos ensangrentados, que cambiándose varias palabras le decía Barreiro que lo había insultado feamente en borrar su nombre de una lista pública de una suscripción voluntaria que se había levantado con el objeto de dar un baile para el General y la Oficialidad que habían llegado recientemente y que como el hecho de borrar sucedió en su casa y siendo él conocedor de la provocación contra Barreiro, le dijo al que hacía correr la lista D. Salustiano Córdoba, que no lo dijese a nadie, a fin de evitar un choque, que después se hizo correr la voz, por lo que se enteró Barreiro y a juicio del declarante, esto fue lo que desencadenó el suceso. Añade además, que varios de los allí presentes le dijeron que no aprobaban el borrado del nombre de Barreiro y que en ese momento, estaban lavando la sangre de las heridas que se habían provocado, sin saber con qué armas ni de qué modo se las infligieron, por no haber estado presente en el momento del suceso, que habiendo concluido se intercambiaron entre los dos implicados algunas palabras, Sastre se fue y Barreiro quedó taqueando en el Billar junto a varios otros, cuando de repente entró el señor Sastre y sacando el revólver del bolsillo, le dirigió un tiro a Barreiro, estando al lado de este varios concurrentes jugando al Billar, aunque felizmente no hirió a nadie y entre ellos, se encontraba José Vial, el más cercano, que afortunadamente y de inmediato, agarró a Sastre por el brazo con el que sostenía el revólver y varios concurrentes corrieron a quitarle el arma y avisar al Juez; que después D. Julio Stoque cerró las puertas diciendo que nadie saliese de su casa hasta que no asistiese el Juez y que Mejuto insultó al señor Sastre diciéndole que era un sinvergüenza. Firman como testigos Gumersindo Gaviola y Saturnino R. Rodríguez. 
- Luis Francisco de Sinclair, natural de Alemania, de 26 años, soltero, militar de línea, afirmando que conoce a ambos implicados. El relato del modo en que se origina el incidente es coincidente con el resto de las declaraciones precedentes, acotando que “quedando agarrados cuerpo a cuerpo, Sastre cogiéndolo por la pera y este [a Barreiro] por las narices”, que el declarante “pidió un armas o una espada a un oficial que allí estaba para contener el orden, el cual se le negó creyendo que era para apalear a los de la reyerta, que entonces viéndose en esta imposibilidad de contenerlo, se retiró hacia la casa del General donde tenía que hacer, sin dar cuenta de lo que había presenciado”. Firman como testigos Gumersindo Gaviola y Saturnino R. Rodríguez. 
- Marcos Rufino, natural de San Juan, de 21 años, soltero, militar. Declara conocer de vista a ambos implicados en la reyerta, que el día de autos estaba jugando al billar con D. Indalecio Mejuto cuando vio que las dos personas sobre las que le preguntan se agarraron a bofetadas, sin saber el motivo y que al instante dejó de jugar, se retiró al cuartel con el capitán, que no procuró contener tal desorden por no tener allí su espada y que, de los allí presentes, sólo conoce al capitán Sinclair, al capitán Quiroga y al ayudante Ortiz. Firma como testigo de la declaración, Saturnino R. Rodríguez. 
- Esteban Ortiz, natural de San Luis, de 26 años, soltero, Guardia Nacional Movilizado, quien declara que conoce a los dos implicados en la reyerta y que el día de autos, se encontraba jugando al billar con el capitán Sinclair, el alférez Capdevila y Moisés Sarmiento. Señala que, al inicio de la reyerta, acudió el dueño de la casa D. Julio Stoque, el alférez Rufino, D. Vicente Sallorenzo y Leoneri, el mozo del billar, supone que con el objeto de separarlos y que instancias de Stoque, Barreiro soltó a Sastre después de haberle dado algunos golpes de mano y tenerlo totalmente dominado, que no vio ningún arma y que después de esto, se retiró a casa de D. Genaro Tejerina, que queda frente al café, quedando en el recinto las personas referidas, excepto sus compañeros de juego, que también se fueron, que a los 8 o 10 minutos volvió al café y a poco de estar allí entró el señor Sastre armado y disparó un tiro a su adversario, que D. Indalecio Mejuto se encontraba allí desde el principio de la reyerta tomando parte activa en contra de Sastre, diciéndole a las personas que intercedían para separarlos que los dejasen pelear porque igual de hombre era uno que otro, que Barreiro tenía razón, infiriendo gritos e insultos a Sastre. También refiere que además de las personas citadas, se encontraban allí un extranjero albañil (José Vial) y el capitán D. Francisco Quiroga, que tomaba parte por el señor Sastre y le dio con un látigo que tenía en la mano Barreiro, sin saber el efecto que le causó. Firman como testigos de esta declaración, Saturnino R. Rodríguez y Vicente Tejerina. 
- Julio Stoque, natural de Francia, de 34 años, casado, comerciante, que, al momento de la toma de declaración, se encuentra bajo arresto y expresa desconocer la causa de su prisión. En su declaración, relata que el día del incidente entró Barreiro con un bastón y tomando asiento junto a Sastre, le oyó contar a Sastre un cuento de sapos y alpargatas, a lo que Barreiro contestó “A propósito de cuentos, ya le contaré otro que sucedió ayer”, sacando a colación lo de la lista de suscripción al baile, contestando Sastre que también sabía esa historia, a lo que Barreiro espetó “Pues bien, si la conoce, tome carajo” y le dio un bofetón. Continúa el relato de lo sucedido en consonancia con el resto de las declaraciones, acotando que, en el momento del rebencazo dado a Barreiro, él se lo quitó a Quiroga diciéndole que ese no era el modo de separarlos, a instancias de Stoque Barreiro soltó a Sastre, momento en que el dueño del billar le dio agua a Sastre para que se lavase la sangre de la cara y el sirviente del billar le lavaba la cara a Barreiro y que al tiempo de secarse la cara, Sastre el pidió un revólver a lo que Stoque se negó, contestándole que no tenía arma y que ya había habido demasiado escándalo en su casa. Que a continuación Barreiro siguió jugando al billar y Sastre se retiró, para volver a los minutos, precipitándose sobre Barreiro y sacando un revólver del lado derecho, disparando un tiro entre los que estaban tres o cuatro individuos, aunque felizmente no ofendió a nadie. Que a continuación, entre él y tres o cuatro individuos le quitaron el arma y se mandó a dar parte al Juez. De las personas que tomaron parte directa o indirectamente, a favor o en contra de Sastre o de Barreiro, señala: al capitán Quiroga, que dio en contra de Barreiro y a Mejuto, que le ha oído insultar con palabras obscenas a Sastre y tenía un rebenque en la mano. Firman como testigos de esta declaración, Saturnino R. Rodríguez y Vicente Tejerina. 
- José Vial, natural de Francia, de 32 años, soltero, albañil, que, al momento de la toma de declaración, se encuentra bajo arresto y expresa desconocer la causa de su prisión. Manifiesta que a D. Benjamín Sastre sólo lo conoce a simple vista y que D. Rufino Barreiro tiene alguna relación. Expresa que el día de autos se encontraba en la mesa, en casa de D. Vicente Sallorenzo y ambos fueron al Café de la vuelta, a ver que sucedía, encontrando a Sastre y a Barreiro heridos, porque acababan de tener una reyerta. Describe que después de haberse cruzado unas palabras pasaron a lavarse la sangre y que Sastre se retiró a su casa, quedando Barreiro jugando al billar con Eugenio Menvielle que al poco tiempo volvió Sastre y dirigiéndose a Barreiro sacó un revólver y le disparó, errando el tiro y que entonces por evitar una desgracia, tomó a Sastre por el cuerpo y lo desarmó, junto a otros. Que Barreiro les explicó lo sucedido, especialmente por el tiro disparado, expresando que “podría haberle mandado una esquela sin venir como asesino, a lo que Sastre le ha contestado que él era un hombre, que no se podían batir con él, pero él sabía de qué modo podían arreglarse, a lo que Barreiro le contestó que sólo así, tomándolo a traición, podrá lograr darle un balazo, que de otro modo no le tenía miedo”. El declarante también expresó que no le había dado ningún golpe o bofetón a Sastre porque no tenía motivos y que tanto él, como los que agarraron a Sastre, lo hicieron para evitar el desorden y la desgracia y que sólo vio que D. Indalecio Mejuto le dirigió algunos insultos al señor Sastre, diciéndole que era un cobarde y un asesino. Firman como testigos de esta declaración, Vicente Tejerina y Fructuoso Burgos. 
- Indalecio Mejuto, Oriental, de 35 años, soltero, comerciante, que, al momento de la toma de declaración, se encuentra en prisión y manifiesta que conoce la causa, porque el propio juez le dijo que era como resultado de algunas declaraciones que lo implicaban en el suceso del día 19, en el café de D. Julio Stoque. Que el día de autos, se encontraba jugando al billar con el subteniente D. Marcos Rufino en la primera mesa, que entró el ayudante D. Esteban Ortiz con D. Luis Sinclair, el capitán Quiroga y el subteniente Capdevila, los cuales se pusieron a jugar en la segunda mesa, que en esa circunstancia entró Barreiro y tomó asiento frente a la ventana, que enseguida entró Sastre y se situó junto a Barreiro y que le oyó decir “allí va un sapo”, a lo que Barreiro contestó, “aquí va otro” y que estas palabras a todos llamó la atención, cuando Barreiro contestó: “a propósito de sapos, sabe Ud. de una lista que se había hecho para un baile….”, coincidiendo el relato posterior con las declaraciones antecedentes. Respecto al momento en que los separaron, “Sastre le dijo a Barreiro con palabras obscenas que era un chancho, que había valido de la fuerza bruta, pero que se la habría de pagar, a lo que contestó Barreiro que estaba pronto a darle una satisfacción del modo que quisiera, que entonces Sastre le contestó, no importa carajo, me haz de pagar y se retiró”. Afirma también que en ese momento Barreiro pidió agua para lavarse la cara y que enseguida entraron D. Vicente Sallorenzo, D. José Vial, D. Pablo y D. Eugenio Menvielle y que estando Barreiro con un taco en la mano para jugar con ellos, cuando sintió el tiro que disparó Sastre y que cree que fue dirigido a Barreiro. Después de que Sastre fuera contenido por José Vial, Rufino Barreiro, el propio declarante y los demás presentes y le fuera quitado el revólver que lo tenía en la mano D. Vicente Sallorenzo, Sastre fue a un comedor donde se sentó y que al insistir este para que le devolvieran el arma, el declarante dijo que se lo dieran “para que dejara de llorar y se fuese, pues un hombre que viene a tirar un tiro no se debe poner a llorar”. En cuanto a su participación, reconoce que dijo “que los apartasen o los dejasen solos”, que a Reoneri no le ha dado ningún golpe, ni vio que lo tuviese agarrado a Barreiro. Preguntado si previamente, existía algún antecedente desagradable con Sastre, contesta que ha “tenido desagrado con Sastre, lo mismo que con Barreiro, pero que con ninguno de ellos tenía rencor o capricho”. Firman como testigos de esta declaración, Saturnino R. Rodríguez y Vicente Tejerina. 
- Moisés Sarmiento, natural de San Luis, de 21 años, soltero, comerciante. Coincidiendo con el resto de los testimonios, testifica que, una vez iniciado el incidente de la reyerta, Barreiro consiguió llevar a Sastre a empujones a un cuarto contiguo y que desconoce cuál fue el resultado de aquello, porque intentó aproximarse, pero como se aglomeraron en la puerta del cuarto, según parece, con el fin de impedir que otros entraran a la defensa o a apartarlos, no pudo ver qué sucedía y que cuando ya pudo hacerlo, vio que ya estaban separados y que luego Sastre se dirigió a la puerta de calle, circunstancia que el aprovechó para retirarse a su casa. A diferencia de los otros interrogatorios y en respuesta a esta última nueva pregunta, Moisés Sarmiento afirma que “no le consta que haya habido complot contra el señor Barreiro o el señor Sastre, pero que la voz pública y general en esta población es que ha existido premeditado un complot contra el señor Sastre”. Firman como testigos de esta declaración, Saturnino R. Rodríguez y Fructuoso Burgos. 
El 26/12/1873, se hace entrega al escribano actuario, D. Cupertino Romero del presente expediente, que según se consigna, está compuesto de 23 fojas útiles hasta el momento, solicitando este en respuesta, que se libren las ordenes necesarias para la seguridad de los reos y los cómplices del hecho, como así también, que se ratifiquen y amplíen las declaraciones. 
El 27/12/1873, vuelve a tomarse declaración al comandante D. Benjamín Sastre en su casa, por hallarse enfermo. Ratificada la anterior, agrega que había “llegado a su conocimiento la intención que Barreiro había tenido en su contra y era la de sacarle un ojo, según se lo había manifestado el Doctor Muniz y que este mismo, lo había sabido por el dueño del hotel, que guardó silencio sobre las pretensiones de Barreiro”. 
El mismo día, vuelve a tomársele declaración a D. Rufino Barreiro en el Cuartel Nº 4, el cual ratifica lo expresado en su comparecencia anterior y a la pregunta del Juez, acerca de si había participado en otras reyertas, aparte de la que originó esta causa, respondió que sí, que hacía tiempo y a consecuencia de una pendencia con el mayor Guevara, que tuvieron un desafío con dos padrinos de cada parte, que se batieron a revólver y que la parte contraria salió con dos heridas, según unos y con tres, según otros, que el pacto de ese duelo había sido a muerte, que las heridas fueron leves y que había oído decir que el contrario había estado enfermo como un mes, tiempo en el que él se hallaba en Buenos Aires. Asimismo, declaró que había tenido “propuestas de desafío con el mayor Recabarren y con D. Sandalio Echavarría, pero que ninguna de estas tuvo efecto porque facultó ampliamente a sus padrinos para que ellos dispusieran lo que creyesen conveniente al respecto y mediante esta facultad, dispusieron que el duelo no hubiese lugar y en efecto, no se efectuó”. También respondió que había estado preso "una vez en Villa Mercedes y que cree que la orden de prisión partió de la autoridad militar, porque el Juez de Paz no daba un paso sin consultar con el general Arredondo y que esto mismo le decían todas las personas que fueron a visitarlo en la prisión”. Asimismo acota que entonces se le notificó que al día siguiente sería conducido ante el Juez del Crimen por unos soldados a la capital de la provincia y temiendo que por el camino perpetrasen algún atentado contra su vida (porque así se lo habían dicho), solicitó al Juez de Paz su excarcelación con el motivo de poder atender sus actividades comerciales, por lo que no volvió al cuartel y esa misma noche se dirigió a San Luis, presentándose al día siguiente ante el Juez del Crimen, quien levantó acta de su presencia, le intimó a que permaneciese en la cárcel de la ciudad a raíz de los desafíos referidos y a los cuatro días, lo puso en libertad. A foja 51, consta una nota de Rufino Barreiro fechada el día después en el cuartel del 4 y dirigida al juez, en donde amparándose en el art. 18 de la constitución nacional, solicita que se le retiren los grillos. A continuación, comparece Indalecio Mejuto, quien ratifica su declaración anterior. El 27/12/1873, “en virtud de las sospechas de complicidad que resultan contra José Vial y Julio Stoque”, se libra un auto para su ingreso en prisión en el cuartel del Regimiento Nº 4, para que se les tome confesión y el 29/12/1873, ambos vuelven a declarar, en el caso de Julio Stoque y a pedimento del juez, nombrando a otros presentes el día del incidente (Pedro Plet y Pablo y Eugenio Menvielle) y en el caso de José Vial, matizando que su relación con Barreiro era que apenas lo conocía de vista, por haber coincidido con el algunas veces en casa de Sallorenzo, a donde solía acudir por cuestiones relacionadas con su negocio. Sigue la ratificación de Moisés Sarmiento y la del capitán Francisco Quiroga, quien añade que después de su excarcelación, oyó decir que Barreiro se iba a vengar del desaire que le había hecho el comandante Sastre y que también había oído decir que D. Francisco Godoy, se había ocupado de minar la moral de los soldados de línea para llamarlos a la insubordinación. Preguntado por el Juez si conoce o a oído decir algo respecto a la conducta de Rufino Barreiro e Indalecio Mejuto, expresa que: “los antecedentes del primero era de un hombre malquistado y pendenciero, que al sargento mayor D. Fermín Guevara lo invitó para un almuerzo a su casa y allí le cerró la puerta en el momento en que llegó, lo abofeteó y lo pateó, de donde resultó que se desafiaron y en el duelo lo hirió con dos tiros de revólver y que después de esto también se desafió con el teniente coronel Recabarren, no habiendo tenido lugar el duelo por haberlo impedido la autoridad militar, que una vez se le escapó a un sargento que lo conducía preso y que también ha oído decir que una vez se ha escapado de la cárcel.” Y en cuanto a Indalecio Mejuto, que también tenía muy mala opinión, que había reñido con D. Olegario Sosa acometiéndolo con un puñal, que también peleó con el capitán Espina y con un mendocino llamado Santiago Troncoso, que con el capitán Bieira también había peleado a revólver, habiendo estado preso muchas veces por estas causas, por insolencias con las autoridades y borracheras. Sigue la comparecencia y la toma de declaración en calidad de testigo, a Jorge Reoneri, italiano, de 34 años, soltero, militar perteneciente al Batallón 3 de Línea, que presenció el incidente el día de autos porque estaba haciendo de mozo en la Casa-Billar. El relato de lo sucedido es acorde a las demás declaraciones y en el momento en que Sastre y Barreiro se lavaban las heridas, fue él, quien, por orden de su patrón, se dirigió a dar cuenta a las autoridades, por lo que no presenció el incidente posterior. 
El 31/12/1873 se ordena el traslado de Rufino Barreiro e Indalecio Mejuto a la cárcel pública de la capital de la provincia y se levanta el arresto al comandante Benjamín Sastre y la puesta en libertad de Julio Stoque y José Vial. 
El 02/01/1874 vuelve a tomársele declaración al ayudante D. Esteban Ortiz, quien se ratifica de la anterior y añade que después del incidente, ha sabido por D. Julio Stoque que Barreiro tenía la intención de vengarse del comandante Sastre. Seguidamente, comparece D. Vicente Sallorenzo quien se ratifica en su declaración anterior, a excepción de cuando declaró que Mejuto gritó sinvergüenza a Sastre, ya que no recuerda que haya proferido esta palabra. 
El 02/01/1873, como resultado de una de las declaraciones en las que se afirmaba que Barreiro le habría manifestado al doctor Muniz su intención de vengarse de Sastre sacándole un ojo, el juez Raymundo Barroso solicita al médico que informe sobre este hecho, quien responde que el día que fue a casa de D. Rufino Barreiro para examinar la herida que tenía en la cabeza, le relató el disgusto que había sufrido y que su intención era pegarle a Sastre una trompada en el ojo y dejarlo tuerto, lo cual no ha tenido efecto porque Sastre desvió la cara. Posteriormente y por solicitud del juez, comparece D. Marcos Rufino para ratificar su declaración y a la pregunta de si sabe o a oído decir que alguna/s persona/s de esta villa se haya ocupado en aconsejar a los soldados de línea para que falten a la subordinación y disciplina, responde que ha oído decir que en una casa que no recuerda de esta villa, se les daba licor para que se emborrachen y fuesen en este estado al cuartel. 
A continuación, vuelve a comparecer D. Francisco de Sinclair con el mismo objetivo, ratificando su declaración anterior. 
El 05/01/1874 comparece en calidad de testigo, el Alférez D. Alejandro Capdevila, natural de la provincia de Buenos Aires, de 17 años, militar, que afirma que sólo conocía de vista a los dos implicados en la reyerta y que anteriormente, ninguna autoridad le había tomado declaración. Respecto a la noche del incidente, refiere que había acudido al Café-Billar en busca del Alférez Rufino y que, hallándose de pie, oyó a sus espaldas “me han pegado a traición” y que al girarse, vio a dos personas que estaban agarradas, pero que no reconoció que una de ellas era al comandante Sastre, al que sólo había visto una vez, que varias personas circulaban alrededor de los contendientes, que le pareció que algunos se ocupaban de separarlos y otros de ayudar a uno de los que reñían, como el capitán Quiroga a favor del comandante Sastre, según le dijeron después, que aun estando agarrados los de la reyerta, él se retiró al cuartel en compañía del alférez Rufino y una hora después volvieron al Café-Billar para conocer el desenlace y allí supieron que entretanto, se había disparado un tiro de revólver. En nota dirigida al Juez del Crimen, Rufino Barreiro alega que habiendo sido preso e incomunicado en dos ocasiones y castigado otras tantas con una barra de grillos, reclama que estos le sean retirados y solicita que se proceda a tomar declaración bajo juramento y en calidad de testigos a D. Santiago Betbeder, D. Pablo y D. Eugenio Menvielle, D. Pedro Plet, D. Vicente Sallorenzo, D. Julio S. Setoque, D. Indalecio Mejuto, D. José Viale, el capitán D. Francisco Quiroga, capitán D. Luis Sinclair, ayudante D. Esteban Ortiz, subteniente D. Marcos Rufino, subteniente de artillería D. Capdevila y al mozo del Café, D. Jorge Rioneri. Remitidos los autos al promotor fiscal, este manifiesta su oposición a la pretendida excarcelación e infiere en que se tomen mayores medidas de seguridad para evitar su fuga, a lo que el juez responde que considera suficientes las aplicadas a Barreiro en la nueva causa que se ha iniciado el día anterior. 
El 20/01/1874, Rufino Barrreiro, preso y engrillado en la cárcel pública por orden del Juez del Crimen y según expresa, sin que haya causa legal para ello, ejerciendo su derecho de libre defensa, presenta un recurso motivado por un auto del que fue notificado, en el que no ha lugar su solicitud de inhibición, por lo que vuelve a recurrir ante la Cámara de Justicia, en los siguientes términos: “Rufino Barreiro, preso en la cárcel pública de esta ciudad, como más haga lugar, digo: Que a causa de injurias recíprocas que tuvieron lugar entre el Comandante Sastre y yo en Villa Mercedes, entró a conocer en la causa el Juez del Crimen D. Raimundo Barroso; y una de sus primeras providencias fue ponerme preso con una barra de grillos, remitirme en tal condición a esta capital, donde permanezco hasta hoy incomunicado y confundido en un calabozo inmundo con los mayores criminales. Hace más de un mes que permanezco en tal situación, sin que el juicio haya pasado del estado de sumario, cuando por la ley, debiera este haber terminado en tres días. Mientras tal conducta y tal procedimiento usa conmigo el Juez Barroso, el señor Sastre, parte contraria que fue a asesinarme, que disparó contra mí un tiro de revólver a dos varas de distancia, permanece libre y tranquilo en su casa. No es posible ocultar por más tiempo la parcialidad y conducta arbitraria, hablo con el debido respeto, del Juez Barroso para conmigo y hace tiempo que no veo en él, al juez imparcial a cuyos fallos debo someterme con confianza” .
A continuación, y ante la falta de noticias, consta un suplicatorio suscrito por Rufino Barreiro en donde expone que ya hace un mes y medio que se encuentra preso en la cárcel de esta ciudad, solicitando su excarcelación para poder atender sus intereses en Villa Mercedes y ofreciendo una garantía para ello. Prosigue una nueva providencia suscrita por Barreiro y dirigida a la Cámara de Justicia en la que expone que, en el día anterior, ha sido notificado de una providencia de ese Tribunal Superior que, “por no encontrarse radicado el juicio correspondiente”, le ordena que acuda a donde corresponde, para que se resuelva su excarcelación y en su descargo, Barreiro expone que, “estando pendiente ante la Ilustrísima Cámara el juicio sobre recusación del Juez del Crimen y elevados los autos por orden de vuestra ilustrísima”, no podía acudir ante el juez recusado, estando pendiente de resolución el recurso presentado y añade que, ya que no se considera con jurisdicción dicha cámara, es por lo que solicita que tenga a bien ordenar “que bajen los autos al Juez de lo Civil en subrogación del Juez del Crimen a efectos de que conozca la causa y sus incidentes”. 
El 07/02/1874, por los fundamentos aducidos, el Presidente del Superior Tribunal de Justicia Dr. D. Cristóbal Pereira resuelve favorablemente y rubrica la orden de acceder a lo solicitado por el encauzado. A continuación, Rufino Barreiro “preso en la cárcel pública hace más de un mes y medio”, en una nota dirigida al Juez en lo Civil, expresa que tiene pendiente una solicitud de excarcelación ante el Superior Tribunal y que su prisión se ha prolongado, por lo que sus sufrimientos y perjuicios son mayores, ofreciendo si fuese necesario, una fianza con el aval de D. Ramón Reboira, vecino de esta ciudad. 
Al darse la vista al promotor fiscal, D. Avelino Velázquez, objeta las pretensiones del solicitante, alegando que ha de mediar la confesión del encausado, para poder dictaminar su inocencia o culpabilidad. Notificado Barreiro de la negativa, vuelve a dirigirse al Juez en lo Civil presentando su apelación ante la Ilustrísima Cámara, por considerarla una resolución injusta, si bien a posteriori, retira la apelación y el Juez Guiñazú, se traslada a la cárcel pública el día 12/02 “con el objeto de tomar la confesión con cargos, al procesado”, quien ratifica sus anteriores declaraciones. Cumplimentado este paso, Barreiro vuelve a dirigirse al Juez de 1º Instancia en lo Civil solicitando su excarcelación, ofreciendo por su parte, como fiadores carceleros, a D. Juan N. Serrano o a D. Ramón Reboira. 
El 14/02/1874 es informado el promotor Fiscal, D. Avelino Velázquez, que se pronuncia en contra de su excarcelación y dos días después, el Juez Barroso, finalmente ordena la excarcelación del procesado Barreiro bajo fianza de Juan N. Serrano, como así también, la puesta en libertad de Indalecio Mejuto, si bien se especifica que ambos, deben de permanecer en la ciudad. 
El 28/04/1874, se hace entrega al señor Barreiro de 10 pesos bolivianos que había depositado en el proceso de instrucción y ya finalizado el sumario, el 29/04/1874 el promotor fiscal, pide que él pueda ejercer la función pública, se cite al agredido D. Benjamín Sastre, “para que tome o no la participación que estime conveniente a sus derechos”. El expediente finaliza con una solicitud de Rufino Barreiro dirigida al Juez de 1º Instancia en lo criminal, en la que, en relación a la causa que se le sigue ante ese juzgado por injurias de hecho, expone: “Que hace como tres meses se encuentra paralizado dicho juicio por causas que ignoro y como la permanencia en esta ciudad me es altamente perjudicial, pues tengo casi abandonada una casa de negocio y demás intereses que poseo en Villa Mercedes, suplico a V.S. se digne admitirme la fianza de juzgado y sentenciado que desde luego ofrezco en la persona de D. Juan N. Serrano, para poder de este modo, ir a atender mis negocios e intereses, dejando a la vez garantido el resultado del juicio que injustamente, se me promueve.” 
El 18/05/1874 en la ciudad de San Luis, se admite la fianza ofrecida y se notifica dicha resolución al interesado.